
07 Abr ¿Pierdes la garantía de tu vehículo si no lo llevas a un taller oficial?
Si quieres conservar la garantía, tienes que seguir el mantenimiento recomendado por el fabricante. Pero, ¿tiene que ser en uno de sus talleres oficiales?
Todavía hay muchos consumidores que creen que para conservar la garantía deben realizar las revisiones y mantenimientos en el taller oficial de la marca, sin embargo, no es así.
Hace ya diez años que cambió la norma gracias al Reglamento 46/2010 que establece que el consumidor puede acudir al taller que desee. Eso sí, no vale cualquier taller: debe cumplir con los estándares de calidad que haya establecido el fabricante. Y tampoco vale de cualquier forma: deben respetarse los plazos de revisión fijados, sea anualmente o a un determinado número de kilómetros.
Un dato importante a tener en cuenta es que los recambios y piezas que se utilicen en las revisiones pueden ser los originales o pueden ser “de calidad equivalente”, por lo que tampoco estamos obligados a adquirir las piezas de la marca fabricante del vehículo, ya que no perderemos la garantía.
La forma de justificar esas revisiones de mantenimiento para mantener la cobertura de fábrica son las facturas de los servicios, así que es necesario guardarlas y que en ellas se especifique claramente tanto la fecha como las operaciones realizadas.
Cualquier vehículo nuevo tiene una garantía de dos años según la legislación europea y española; eso quiere decir que, ante una avería no imputable a la persona dueña, el concesionario, el vendedor, debe responder por el bien y repararlo. Si se diera el caso de que el concesionario no pudiera hacerse cargo, sería la marca fabricante la obligada a responder ante el consumidor.
Esta garantía de 24 meses es independiente de cuántos propietarios haya tenido el vehículo. Es decir, que si adquieres un coche que ya ha tenido dos dueños anteriores, pero no llega a los dos años desde que salió del concesionario, la garantía de fábrica es totalmente válida. Recuerda también que, hablando de garantía, si vendes un vehículo tienes la obligación de garantizar su estado ante el comprador (más información aquí).
También existe la posibilidad de contratar una extensión de garantía, esta puede ser ofrecida por el concesionario o por la marca, como los siete años que publicita KIA. En este caso, se trataría de un contrato privado entre dos partes, por lo que hay que mirar muy bien qué condiciones se exigen para el mantenimiento de las coberturas, ya que podría acabar saliéndonos más caro.
Todos los defectos que se detecten durante los primeros seis meses tras comprar el vehículo son considerados “de origen”; si el vendedor considera que se pueden deber a un mal uso, debe demostrarlo. A partir de ese momento, es al revés: tras esos seis meses, es el comprador el que debe demostrar que el o los defectos vienen de fábrica.
En cualquiera de estos dos supuestos, un taller profesional independiente será tu mayor aliado, pues será capaz de demostrar el origen del defecto. Ten en cuenta que la actualización y formación constantes son dos de las características de un servicio multimarca.
Si durante los dos años de garantía el vehículo debe ser reparado, el tiempo que pase en el taller no se contabilizará para la cobertura del fabricante; es decir, que si tienes que dejar el vehículo en un taller durante dos meses, la garantía será de 26 meses, en lugar de 24.
Ahora ya lo sabes, la elección es tuya. En cualquier caso, es conveniente asegurar nuestra seguridad y la de nuestro vehículo acudiendo a un taller profesional acreditado.
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